Antes de ver como se reclaman los gastos generados de la constitución de una hipoteca, y ver que gastos son, hay que tener en cuenta que es una decisión del Tribunal Supremo y que, por lo tanto, casi la totalidad de los supuestos, cumpliendo los requisitos que luego nombramos, pueden ser recuperados sin mayor problema, y también saber, que el plazo para su reclamación es inexistente, es decir, se ha acabado por mantener que no existe plazo para reclamarlo, salvo los 4 años para reclamar a Hacienda en el caso que sea necesario.
Respecto a los GASTOS que se pueden reclamar son los siguientes:
- Factura de la Notaría
- El 50% de la Escritura Matriz y de la Copia
- Factura del Registro de la Propiedad
- Gastos de la Gestoría
- Tasación del Inmueble
De media suelen ser unos 3.000€, y suele llevar un coste mínimo, en nuestro caso, si no hay condena en costas o se llega a un acuerdo, sólo se cobra el 10% de lo recuperado, y si el juez condena en costas al Banco, sólo cobraremos éstas.
Para poder realizar la gestión de reclamar al Banco estos gastos, lo que SE NECESITA es:
- Escritura de Compraventa
- Escritura de Constitución de Hipoteca
- Factura del Notario
- Factura del Registro de la Propiedad
- Factura de la Gestoría
- Factura de la Tasación.
El PROCEDIMIENTO es bastante sencillo:
1º.- Reclamación al Servicio de Atención al Cliente de la Sucursal o Entidad Bancaria
2º.- En el caso de que contesten, intentar llegar a un Acuerdo con el Banco
3º.- De no contestar o no llegar a un acuerdo, Demandar en Vía Judicial al Banco.
Como ves, es bastante SENCILLO, y el plazo de duración del procedimiento es de un par de meses o tres, así que no lo dudes, ponte en contacto con nosotros y consigue que te devuelvan los gastos de la hipoteca.