Cuesta Velasco

 

 

1º.- DOCUMENTOS NECESARIOS

Antes de comenzar con los trámites estrictamente burocráticos y legales, hay que tener a mano, los siguientes documentos:

  • DNI en vigor de las partes.
  • Nota simple registralen la que se demuestre el propietario del inmueble. En esta nota también se comprueba si la vivienda está libre de cargas (como hipotecas o embargos). Cuesta aproximadamente 4€.
  • Último recibo del IBI(Impuesto sobre Bienes Inmuebles). Tendrá que estar al corriente de pago una vez se venda la vivienda.
  • Certificado de la comunidad de propietariosdonde se ratifique que no se debe ninguna cantidad, ya que responderá de las deudas sobre los pagos pendientes a la comunidad de propietarios.
  • Los planos de la vivienda y los estatutos de la comunidad de propietariospor si el comprador los necesitara.
  • Fotocopia de la escritura de compraventaanterior a la compraventa que vas a realizar tú. Sirve para tener los datos registrales del inmueble.
  • Certificado de eficiencia energética, siendo obligatorio para la venta.

 

2º.- CONTRATO DE ARRAS

Este es el primer documento importante entre la parte compradora y la vendedora. La finalidad del mismo es reservar la compraventa de la vivienda.

Cada compraventa es un mundo por eso desde Cuesta Velasco te recomendamos que acudas a nuestro despacho y redactemos un contrato a su medida.

Los principales datos que debe contener el contrato de arras son:

  • Comprador y vendedor.
  • Inmueble y certificado de libre de cargas.
  • Objeto del contrato, en este caso, sería el contrato de compraventa del inmueble.
  • Precio de venta final y formas de pago.
  • Si hay o no implicada alguna hipoteca.
  • Fecha de entrega de llaves y de otorgamiento de escritura pública del contrato de compraventa.
  • Derechos y obligaciones tanto del comprador como del vendedor, así como los efectos jurídicos ante el posible incumplimiento del contrato.
  • Fecha de celebración del contrato y firma de los contratantes.

 

3º.- ESCRITURA PÚBLICA

En este trámite no nos vamos a detener mucho porque aquí lo hace toda la notaría. Ellos le solicitarán la documentación necesaria para vender un piso, redactan el contrato para elevarlo a escritura pública y le aclaran todas las dudas que puedas tener.

Los honorarios suele pagarlos el vendedor por lo que es este quien suele elegir la notaría con la que firmar. Para saber los gastos que ocasiona la venta de una vivienda, puede consultar el artículo siguiente.

Tras elevar el contrato a escritura pública, podrá inscribirlo en el Registro de la Propiedad, así será válido y tendrá efectos frente a terceros.

Finalmente, para poder inscribirlo en el Registro, deberás liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.

Tras realizar la inscripción, ya habrá realizado todos los trámites necesarios, para cualquier duda o consulta, no dude en ponerse en contacto con nosotros; www.cuestavelasco.es.